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Para el Dr Genessini, el Juez “al no saber interpretar un Tratado Internacional, debe excusarse"

  • otroaireenunam
  • 30 sept 2019
  • 2 Min. de lectura



CASO MIRYAM BOGADO:

Para el Dr Genessini, el Juez “al no saber interpretar un Tratado Internacional, debe excusarse”

Posadas, 25 de setiembre de 2019-El Vicepresidente de la  Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Provincia de Misiones, Dr Fernando Ruben Genesini señaló que en los próximos días se espera que la cámara de Apelaciones resuelva el  Recurso de Apelación que presentaron desde la CPPT   ante la resolución del Juez de Instrucción N 3 de Posadas,  Dr Fernando Verón, quien rechazo “la morigeración oportunamente solicitada en el Habeas Corpus, respecto a la prisión preventiva de Miryam Bogado”, la joven madre de la Comunidad Mbya guaraní. Genessini cuestiono  al Juez Verón por su interpretación de la Ley penal y el desconocimiento de los Tratados Internacionales. Además ratifico el “principio de  inocencia” como garantía constitucional y aseguro que “no hay elementos suficientes o contundentes” para determinar “por que falleció “ la beba  En dialogo con OTRO AIRE por FM Universidad 98.7,  el Dr Genessini insistió que “si cabe la duda, cabe el arresto domiciliario”.

El Presidente y el Vicepresidente de la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Provincia de Misiones, Dres. Eduardo Magno Scherer y Fernando Ruben Genesini, respectivamente, junto a la Dra. Gabriel Vanesa Stefani, por parte del Ministerio de Derechos Humanos de la Provincia de Misiones, presentaron formalmente el Recurso de Apelación contra el pronunciamiento (la Resolución) de fecha 20 de Septiembre de 2019 dictada por el Sr. Juez del Juzgado de Instrucción N° 3, de la Primera Circunscripción Judicial, de la Provincia de Misiones, Dr. Fernando Verón.

La resolución del Juez Verón, que rechaza el Habeas Corpus,  fue notificado a las partes el 20 de septiembre, conforme al Art. 19 de la Ley 23.098. En  tanto que el pasado lunes

 23 de septiembre, la CPPT presento el Recurso de Apelación, que deberá resolverlo la Cámara de Apelaciones en los próximos días.

RECURSO DE APELACION

En un comunicado, desde la Comisión Provincial  de  Prevención  de la Tortura indicaron que en el recurso de Apelación  “se expresaron los agravios correspondientes, debido al perjuicio irreparable, a nuestro entender, ocacionado a la señora Miriam B., al negarle la morigeración de la prisión preventiva, que se solicitará en el presente Habeas Corpus, sin contemplar que se han violado Derechos Humanos inalienables Garantías que se encuentran enumerados en el Art. 75 incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional de la señora Miriam B. contemplados en nuestro ordenamiento constitucional y jurídico a saber:

a) Debía el A-quo, preservar el Debido Proceso Legal b) Presunción de Inocencia; c) Pertenencia a la Comunidad Mbya Guaraní; c) Madre de un menor de 5 años.-

AUDIO FERNANDO  GENESSINI- vice presidente CPPT



 
 
 

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