Advierten sobre grooming o ciber acoso a menores
- otroaireenunam
- 15 nov 2019
- 2 Min. de lectura

En Argentina el Grooming es un delito penal, tipificado en el Art 131 del Código penal . Días atrás se conmemoró el "Día Nacional de la Lucha contra el Grooming". Tatiana Dallabrida, columnista de Género del programa OTRO AIRE – en FM Universidad 98.7- presentó un informe donde funcionaria del Ministerio de Justicia de la Nación advierte sobre cómo detectar circunstancias y cómo proteger a los menores. Además Dallabrida recordó que se pueden denunciar casos de ciber acoso llamando al 102 y también a la línea gratuita 0800-222-1717.
La Licenciada Bettina Esteban, profesional del programa «Las víctimas contra las violencias» alerta sobre la importancia de estar atentos al uso de las redes sociales dentro y fuera del ámbito escolar, en el marco del ciclo de entrevistas «La escuela y el acceso a la justicia» presentada por la Subsecretaría de Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
¿Qué DICE LA LEY?
El grooming es un delito penal descripto en la Ley 26.904 sancionada el 13 de noviembre de 2013.
ARTICULO 1º — Incorpórase como artículo 131 del Código Penal el siguiente:
‘Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.’
El Grooming es un delito que básicamente consiste en el acoso sexual y virtual a menores de edad por parte de un adulto, que se hace pasar también por menor, para generar confianza y generar el acercamiento a la víctima.
AUDIO TATIANA DALLABRIDA presenta informe de la Lic Bettina Esteban, Ministerio Justicia de la Nación
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